lunes, 13 de febrero de 2017

LA FRANJA ORIENTAL DE ARAGÓN






                                    El pasado mes de noviembre se producía una nueva polémica en la ya larga lista de controversias que la óptica catalanista ha ocasionado a lo largo del tiempo en aspectos relacionados con la veracidad histórica, la lengua, los bienes artísticos o los límites geográficos que se refieren a su vínculo con Aragón, y que a veces se han plasmado en libros de texto escolares o en otras publicaciones de forma equivocada. En esta ocasión, una disposición de la Generalitat de Cataluña publicada en el BOE del 14 de noviembre de 2016, declaraba Bien Cultural de Interés Nacional una moneda catalana de mediados del siglo XV, con una disposición que contiene un grave error histórico, inexactitud que no es la primera vez que se produce y que alude a una "corona de Cataluña", que nunca existió. Curiosamente, en el mismo BOE la Comunidad Valenciana, al declarar otros bienes de interés cultural, utiliza correctamente el término que corresponde: Corona de Aragón. El texto referido a la moneda dice: "Ejemplar muy bien conservado de la moneda catalana de oro, de curso general, creada por el rey Pere IV de Cataluña y Aragón, durante los años de la guerra civil catalana y de su breve reinado". Para el historiador y catedrático emérito de la Universidad de Zaragoza Guillermo Fatás, el pasaje es "sumamente incorrecto". La complejidad del episodio histórico en que se creó la moneda es evidente, pero eso no justifica que el acuerdo oficial del Gobierno catalán esté plagado de errores.


                La pieza se expone en el MNAC y fue acuñada por Pedro de Portugal, el Condestable, que figura en la orden como "Pedro IV de Cataluña y Aragón". Nieto de Jaime II de Urgell -pretendiente al trono aragonés en el Compromiso de Caspe-, protagonizó una época agitada, la guerra civil catalana (1462 y 1472) que se produjo por el control político del que era entonces Principado, un conflicto que enfrentó a la Generalitat y al rey Juan II de Aragón, padre de Fernando el Católico, que, como rey aragonés, ostentaba el título de conde de Barcelona. Durante la contienda, los catalanes ofrecieron el gobierno de su territorio a Pedro de Portugal que aceptó, tomando posesión en 1464, sin que eso implicara la recepción de rey de Cataluña -título que ni existía entonces ni ha existido nunca- que sí fue nombrado Pedro IV de Aragón aunque no fue reconocido como tal en tierras aragonesas. Cataluña sólo pretendió legitimarlo. Además, se le concedió el título de monarca de la Corona aragonesa, pero no el ordinal que le correspondía sino el que le debían dar como conde de Barcelona, por lo que de haber sido rey en Aragón habría sido Pedro V porque el Pedro IV que ha pasado a la historia es el conocido como el Ceremonioso que reinó un siglo antes. Pedro de Portugal reinó poco tiempo, pues falleció dos años después. El texto del BOE llega a contradecirse porque, tras citar al "rey Pere IV de Cataluña y Aragón", se describe la moneda y se señala que en el anverso "lleva la imagen del rey, visto de cara, con corona y cetro (...) y la leyenda "Petrus Quartus Dei gratia rex Aragonum", es decir, "Pedro IV rey de Aragón por la gracia de Dios". No se alude a "rey de Cataluña". Además, en la moneda esta leyenda no se reproduce completa como parece desprenderse de la disposición legal, sino que en el metal aparece abreviada, al ser de tamaño reducido.






                      Y es que hay que conocer la historia lo mejor posible desde el principio, empezando por la delimitación de fronteras, aunque se trate de una cuestión muy debatida que se mantiene viva y en la que no ha habido un consenso claro, según las diferentes fuentes consultadas y el punto de vista implicado. Simplificando en lo posible en orden a una básica exposición, llamamos Franja Oriental a una amplia zona del este de Aragón, lindando con Cataluña, desde los Pirineos hasta el Sistema Ibérico, en la cuenca del Matarraña, aunque la parte más destacable se localiza en la provincia de Huesca, al este del río Cinca, que, de norte a sur, comprendería la comarca de la Ribagorza, en el Pirineo, con Benasque y Graus, como poblaciones más destacadas; La Litera, en el Somontano (Tamarite, Binéfar...); el Bajo Cinca, en el Ebro, con Fraga como núcleo principal, y el Matarraña, en el Bajo Aragón (Calaceite, Valderrobres...). Los límites exactos en cuanto al ámbito territorial difieren dependiendo de la fuente, ya que, por ejemplo, algunos municipios de la Ribagorza provocarían dudas en cuanto a su inclusión como hablantes del catalán o como de aragonés y la proporción de hablantes de una u otra lengua varía con el tiempo o la inmigración. Así se observa en los diferentes datos que aportan las instituciones y entidades culturales aragonesas y catalanas. Para la Gran Enciclopedia Aragonesa -que no recoge la entrada "Franja" sino "Catalán en Aragón"-, la superficie de este territorio equivale al 11% del total de la aragonesa. Se trata de una zona con clara personalidad y una problemática concreta derivada precisamente de su carácter de oriental, es decir, con unas peculiaridades lingüísticas, históricas (como "fronteriza" con Cataluña) y eclesiásticas, que han definido una socioeconomía particular.






                                               Moneda catalana acuñada por Pedro de Portugal  (Foto MNAC)



             ¿Dónde termina Cataluña y dónde empieza Aragón o viceversa? El tema es complejo pero nada misterioso, por lo que no llegan a entenderse ciertas expresiones dudosas, confusas o reivindicativas por parte de Cataluña. Podríamos citar múltiples ejemplos. Ya en 1901 se publicó un mapa en la revista "Catalonia", del que no se conserva copia, titulado "Mapa de las tierras catalanas" o de "Països catalans", que incluía toda la franja oriental aragonesa, referido, claro, a las tierras en las que se habla catalán, pero la expresión "Països catalans" suscita la duda de que pudiera esconder alguna otra significación. En 1952, Miquel Coll i Alentorn escribió La historiografía de Cataluña en el período primitivo, con un artículo en que estudiaba "El centro historiográfico de Alaón-Roda", incluyéndolo en la Cataluña occidental (p. 173). Pues bien: el Monasterio de Alaón está situado junto a Sopeira, en la orilla derecha del Noguera-Ribagorzana, y Roda a orillas del río Isábena. Jamás pertenecieron a Cataluña. Coll afirma que el monje de Alaón Domingo (siglo XI) redactó en su monasterio "la más antigua crónica catalana no estrictamente eclesiástica". Habrá que constatar que el texto hablaba del conde Bernardo de Ribagorza (siglo X) y que, además, estaba escrito en latin: "Bernardus comes fuit Ripacurcensis cum adhuc totam fere Hispaniam tenerent mauri...". En esa época ni siquiera había aparecido el nombre de Cataluña. Lo que el escritor llama "Cataluña occidental" o "condados catalanes occidentales" no son más que tierras aragonesas. Desde siempre. Hace unos años, en la prensa de Barcelona se hablaba de San José de Calasanz como un santo catalán, cuando todo el mundo sabe que nació, en 1557, en Peralta de la Sal, un pueblecito aragonés de toda la vida. Y así sucesivamente. Hasta el popular periodista Manuel Campo Vidal, de Camporrells, es considerado catalán muchas veces, en el afán de situar este pueblo en la provincia de Lérida... ¿Confusiones, despistes, intereses?


              Pero vayamos con la Historia:


              Cuando en 1137 se acordó el matrimonio del Conde Ramón Berenguer IV y Petronila, el Reino de Aragón no tenía fronteras comunes con el Condado de Barcelona:

        - El Reino de Aragón incluía, desde los tiempos de Ramiro I, a Sobrarbe y Ribagorza, con el Valle de Arán. Poblaciones aragonesas eran Almenar, Almacellas (hoy en la provincia de Lérida), que pertenecieron a Pedro I (1094-1104), quien, sin duda, proyectaba la conquista de Lérida.
        - El condado, o mejor, los dos condados de Pallars, en el Noguera-Pallaresa, se encontraban en situación de independencia, pero bajo la órbita de Aragón. Puede hablarse de un dominio de Alfonso I el Batallador sobre Pallars. En junio de 1108, puede leerse en un documento: "reinaba el rey Alfonso en Aragón y en Pamplona, en Sobrarbe y en Ribagorza, en Pallars y en Arán". Palllars se incorpora con Alfonso II.
         - Los límites del condado de Urgell, también independiente, coincidían con los de la actual diócesis de Seo de Urgel. Sobre la "catalanidad" de sus condes, habrá que decir que Ermengol VI vivió más tiempo en Castilla, en la corte de Alfonso VII (1126-1157). Ermengol VII, noble leonés, fue mayordomo de Fernando II de León entre 1167 y 1184. En 1231 el condado fue incorporado a la Corona de Aragón por Jaime I.
         - Los "condados catalanes" no aparecen denominados correctamente puesto que no existía Cataluña y sí el Condado de Barcelona que englobaba a los de Gerona, Ausona y Besalú. El nombre de Cataluña no aparece ni en el testamento de Ramón Berenguer III (1131) ni en el de Ramón Berenguer IV (1162). Sí, en cambio, en el testamento de Alfonso II (1194) al instituir a su hijo Pedro II como heredero, "in toto regno meo Aragonis... in toto comitatu Barchinone... in comitatu Rossilionis et in comitatu Ceritanie et Confluentis et in comitatu Palariensi... et in tota Cathalonia". Como cada nombre excluye a los demás, esa Cataluña es posiblemente una tierra periférica al condado de Barcelona.
         - En el territorio musulmán -almorávides- se encontraba la ciudad de Lérida.



                    ¿Lérida aragonesa? Un asunto que ha ocasionado ríos de tinta. En 1148 tiene lugar la conquista de Tortosa por Ramón Berenguer IV. ¿Para quién conquista la ciudad? ¿Para el Reino de Aragón o para el Condado de Barcelona? Porque Ramón Berenguer IV era conde de Barcelona y Príncipe de Aragón. Si recurrimos a las capitulaciones, observamos que son una mera copia de las de Alfonso I cuando conquista Zaragoza, y que la datación corresponde al sistema aragonés, la "era", mientras que el sistema barcelonés lo constituía el "anno Domini". En 1149 es concedido el marquesado de Tortosa, se cambia el sistema de datación y el Ebro queda como frontera entre Aragón y Cataluña. En 1149 Ramón Berenguer IV conquista Lérida, ¿para el Reino de Aragón o para el condado de Barcelona? Pedro I tenía intención de conquistar Lérida por orden del Papa Pascual II, en lugar de ir a Tierra Santa. Alfonso I, en 1123, combatió en Gardèn, fortaleza que hoy está dentro del recinto de Lérida. El día 30 de octubre de 1149 se traslada la sede episcopal a Lérida (de Roda a Barbastro y de Barbastro a Lérida). En enero de 1150 se dan fueros a los pobladores de Lérida por el sistema de datación catalán. En Lérida se usan pesas y medidas aragonesas. Circula la moneda jaquesa. En 1228 se celebran Cortes en Daroca para prestar juramento de fidelidad al infante Alfonso como futuro rey de Aragón, cuyos límites iban desde "el Segre hasta Ariza", y en las que intervienen hombres probos ilerdenses y toda la Universidad de Lérida. Lo que sucedió es que las conquistas de Ramón Berenguer IV no se hacían para incorporarlas a Aragón o a Barcelona, sino para incorporarlas al patrimonio real, que era único.


                    Existían unas tierras previamente aragonesas -el reino de Aragón-, con su expresión geográfica. La distinción entre tierras aragonesas y catalanas se basa en dos sistemas administrativos: en Aragón, las tenencias, y en Cataluña, las veguerías. ¿Cuáles eran las tenencias aragonesas? El rey daba a los señores unas recompensas por los servicios prestados: eran los "tenentes", que tenían un castillo y una amplia zona a su alrededor, lo que hacía una primera división administrativa del Reino, que desaparece en el siglo XIII para dar paso a un nuevo sistema de organización. Al este del Cinca, las tenencias eran, entre otras, Benasque, Beranuy, Cajigar, Montañana, Viacamp, Calasanz, San Esteban, Benabarre, Tamarite y Fraga, próximas al actual límite con Lérida, en la que había también un tenente. No cabe, pues, ninguna sospecha sobre el aragonesismo de estas tierras: aquí se estrellan todas las reivindicaciones catalanas sobre la franja oriental. El problema de concluir dónde están los límites surge con Jaime I, que contrae matrimonio en 1221 con Leonor de Castilla, hija de Alfonso VIII, del que nace Alfonso. Este enlace es anulado por ser los contrayentes parientes consaguíneos, pero el hijo fue considerado legítimo y, por tanto, heredero. En las Cortes de Daroca de 1228, a las que acudieron representantes desde "Ariza hasta el Segre" y de Lérida, fue jurado heredero de Aragón el infante Alfonso. El testamento otorgado por Jaime I en 1232 lo es a favor de dicho hijo. Pero en 1235 contrae nuevo matrimonio con Violante de Hungría y en 1240 nace el infante Pedro. Es entonces cuando empiezan las dificultades.


               Porque Jaime I decide dejar Aragón para Alfonso y Cataluña para Pedro, lo que obligaba a fijar unos límites entre ambos territorrios, motivo enormemente mal interpretado y peor entendido, además de controvertido. Lo que pretendía Jaime I era transmitir tierras y no potestades reales. De acuerdo con el Derecho, Jaime I debía transferir al primogénito lo ya heredado por él, es decir, Aragón y Cataluña: es lo que no se ha comprendido, tal vez por desconocimiento del Derecho. En las distintas particiones que hace Jaime I establece el límite en el Cinca. Así lo hace en la primera de ellas, en 1243. Posteriormente, en un nuevo testamento de 1248, aparecen otros hijos habidos en su segundo matrimonio. Se incluían en Cataluña localidades como Mequinenza, Fraga, Monzón y Ribagorza. Sin embargo, no poseemos el texto original, extraviado misteriosamente del Archivo de la Corona de Aragón, aunque disponemos de la información de Zurita. Sigue habiendo reparto de tierras pero no de la potestad real depositada, de manera expectante, en el primogénito Alfonso, al menos para Aragón y Cataluña, que había heredado Jaime I. A Pedro le daba la potestad real sobre Mallorca, lo que podía hacer de acuerdo con el Derecho por haberla conquistado. Y a su otro hijo, Jaime, la potestad real sobre Valencia. Lo mismo había hecho Sancho III el Mayor dos siglos antes: su primogénito García heredaba la potestad real, el otro hijo, Ramiro, heredaba Aragón, pero sin la potestad real.


               Pero el testamento de 1240 presenta otros problemas. Si establece el Cinca como límite entre Aragón y Catañuña, ¿cómo se explica que Mequinenza, situada al oeste del Cinca, se incluya como localidad catalana? O que otros pueblos que se citan como aragoneses, como Estada y Monclús, por ejemplo, se localicen al este del Cinca... No debemos olvidar que encontramos además otros documentos contradictorios, el más notorio, de 1255, por el que Jaime I confirmaba que en Lérida se observarían los fueros y costumbres de Zaragoza. En 1251, Jaime I había procedido a un nuevo reparto, motivado por la muerte de uno de sus hijos, Fernando, concediendo Aragón a Alfonso, Barcelona, Tortosa, Lérida, Urgell, Palllars, Ribagorza y Arán, a Pedro, y Valencia, Mallorca y Montpellier, a Jaime. En este reparto hay una importante novedad: Jaime I hace partición de la potestad real, lo que suponía el final de la Corona de Aragón, algo que no sucedió porque el testamento no se llevó a cabo. Un año más tarde, Valencia pasaba a Alfonso. Fallecido este infante, Pedro pasa a ser el primogénito, heredando también Aragón, en una quinta división del testamento. En definitiva, ante lo que estamos es ante un asunto "de alcoba", pues la instigadora de tanto cambio había sido doña Violante. Y el deseo de hacer una Lérida catalana por parte de Jaime I, que en 1260 seguía siendo aragonesa. En ese año, Jaime I agradece a Lérida el permiso otorgado para acuñar 15.000 marcos de plata en moneda jaquesa para una cruzada a Tierra Santa. En 1283 Lérida es ya catalana. El 25 de diciembre se celebran Cortes en Barcelona a las que acuden representantes de Lérida. ¿Por qué determina Jaime I el Cinca como límite? Era el de las diócesis de Huesca y Lerida.



                En cuanto a la Ribagorza, no hay duda de su aragonesismo. Jaime II lo ratificó en las Cortes de Zaragoza de 1301, estableciendo la frontera en el Noguera-Ribagorzana y en la Clamor de Almacellas. Fraga, por su parte, siempre tuvo tenentes desde su conquista, lo que evidencia que siempre fue de Aragón. Jaime I le concedió los fueros de Huesca y siempre contó con representación en las Cortes de Aragón. Al conformarse el Ebro como frontera entre Aragón y Cataluña, Gandesa, Horta de San Juan, Amposta, etc, se consideraban aragonesas y así lo mantuvo Jaime I en sus divisiones, pero al permanecer estas tierras en manos de Hospitalarios y Templarios, las repoblaron según "costumbres de Tortosa" y no de acuerdo con los fueros de Zaragoza, aunque siempre en toda esta zona mantuvo la autoridad el sobrejuntero de Zaragoza. En fechas imprecisas, antes de 1300, se perdieron estos territorios. Se dice a veces que desde finales del siglo XIII o principios del XIV, las fronteras entre Aragón y Cataluña quedaron ya fijadas, pero conviene realizar alguna matización. En 1706, María Luisa de Saboya, Reina Gobernadora, esposa de Felipe V, decidía conceder al Reino de Aragón, Tortosa, Lérida, Tremp y Arán, aunque no pasó de mero intento, sin duda para atraer a los aragoneses a la causa de Felipe de Borbón, es decir, un acto personalísimo, como también lo fueron los testamentos de Jaime I. En 1833 se produce la división provincial de España por Javier de Burgos: Aragón queda dividida en las tres provincias actuales, una división muy respetuosa con la Historia en cuanto a los límites externos del Reino. La Constitución de 1978 proclama que "El Estado se organiza en municipios, provincias y comunidades autónomas" y que "La alteracióm de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica". Como sabemos, la CUP reclama la anexión a Cataluña como una nueva provincia catalana la denominada por el geógrafo Pau Vila como "Marcas de Poniente" o "Franja de Poniente", es decir, las tierras aragonesas fronterizas catalanohablantes. La acepción política de la Franja de Aragón va ligada a los movimientos políticos catalanistas. Desde el pancatalanismo se ha considerado esta parte de Aragón como una Cataluña que por avatares históricos ha quedado desmembrada de su comunidad cultural, formando parte de una "nación catalana" de habla catalana, que comprendería Andorra, y territorios franceses y españoles (así, según ERC). La expresión "Países Catalanes" resurgió en los años 60 impulsada por Joan Fuster, un movimiento vivido como minoritario desde la propia Franja de Aragón...




                                                                               Límites diocesanos orientales



                    La ausencia de coincidencia entre la división administrativa civil y la eclesiástica en España y en concreto, en Aragón, ha generado no pocos problemas y alterado sensibilidades y recelos. Mientras que localidades zaragozanas de las "Cinco Villas" como Sádaba o Biota pertenecían a la diócesis de Jaca y esta a la provincia de Pamplona, por ejemplo, otras turolenses como Calanda o Alcañiz formaban parte de la diócesis de Zaragoza. Lo mismo ha ocurrido con poblaciones de buena parte de la franja oriental (Monzón, Fraga, Binéfar, etc.) cuya diócesis correspondiente era Lérida (y provincia de Tarragona). En 1995, la Santa Sede transfirió ciento once parroquias aragonesas que hasta entonces pertenecían a la diócesis de Lérida  a la de Barbastro-Monzón, originando el conflicto de la devolución de "los bienes" por parte de Cataluña que aún no se ha llevado a cabo por completo, a pesar del amparo judicial. ¿Cuál fue el origen de estos límites diocesanos y de la adscripción a Lérida de la franja aragonesa? La explicación la encontramos remontándonos a la época medieval y a Felipe II. Cuando se produce la invasión islámica, Aragón contaba con tres diócesis de límites muy imprecisos: Huesca, Tarazona y Zaragoza, y fuera de Aragón, Pamplona y Lérida, que dependían todas ellas del metropolitano de Tarragona. En el norte se fueron organizando dos núcleos cristianos: Aragón y Ribagorza, quedando Sobrarbe, más abierto, sometido a una mayor influencia musulmana. Estos núcleos se apoyaron en los obispados cercanos, es decir, el de Pamplona y Urgell. Poco a poco, los centros cristianos se fueron ensanchando, Ribagorza se separó de Urgell y creó su propio obispado: Roda de Isábena, a finales del siglo IX, una tierra recién conquistada que nunca perteneció ni política ni eclesiásticamente a Urgell.



                  Lo mismo sucedió en Aragón, que erigió su diócesis en Sásave, hasta que Sancho Ramírez convirtió a Jaca en ciudad, configurándose en capital de la diócesis. En 1080, delimita las dos diócesis del territorio, Jaca y Roda de Isábena, con límites imprecisos entre el Cinca y el Alcanadre. Sus sucesores ampliarán la zona con nuevas conquistas. Así, en 1096, Pedro I, tras la toma de Huesca, pretende crear la diócesis pero a través de un fraude: un supuesto concilio celebrado en Jaca en 1063, para lo que se falsifican las actas, afirmando que el asentamiento de la diócesis de Jaca es provisional hasta que se conquiste Huesca. Jaca se queda con la catedral, pero sin obispo. Igualmente sucedió en Roda. Una falsa leyenda hizo creer que los obispos de Lérida, huyendo del Islam, se refugiaron en Roda. En 1100, Barbastro es conquistada y allí se traslada el obispo de Roda y, poco después, de Barbastro a Lérida. Nacía la diócesis de Lérida, que se extendía por Sobrarbe y Ribagorza. Al comenzar el siglo XIII, el Alto Aragón contaba con dos diócesis: Huesca y Lérida. ¿Dónde estaban Jaca y Roda de Isábena? Y, como hemos visto, tras los testamentos de Jaime I, ¿dónde estaba el límite entre Aragón y Cataluña? Las sedes de Tarazona y Zaragoza se habían restaurado sin ningún problema tras su ocupación por Alfonso I el Batallador. Por otra parte, y más adelante, Felipe II, intentando oponerse a la infiltración protestante por los Pirineos, consiguió de la Santa Sede la creación de la diócesis de Jaca en 1571, perteneciente a la provincia de Zaragoza, y que, por la rectificación de los límites diocesanos de 1955, fue adscrita a la provincia de Pamplona. Por las mismas razones y en el mismo año, Felipe II consiguió también la creación de la nueva diócesis de Barbastro, lo que supuso desmembrar parte de las diócesis de Huesca y Lérida.








                    La idiosincrasia de la Franja Oriental de Aragón viene definida fundamentalmente por su vertiente lingüística, aspecto que ha suscitado no pocas opiniones de distinta índole, sobre todo por lo que se refiere a las denominaciones de la lengua aragonesa, a la mayor o menor presencia del catalán, y a la zonificación que se ha establecido en función de las hablas utilizadas. Casi nadie se pone de acuerdo en el debate y la Ley de lenguas de Aragón, de 2013, que pretendía solucionar el conflicto otorgando el marco legal adecuado, tampoco ha convencido a la mayoría. El interesado en profundizar en el análisis de un tema bastante complicado, puede en primer lugar conocer lo que dice la ley y a continuación, algunos artículos de estudio e investigación relativos a "la lengua catalana en Aragón", el "aragonés oriental" o la "lengua aragonesa propia del área oriental"... No estoy segura de que con ello quede clarificado el problema, pero así permanece el estado de la cuestión. Lo elemental es recordar que del latín derivaron una serie de dialectos: gallego-portugués, astur-leonés, castellano, navarro-aragonés y catalán, que se desarrollaron dentro del proceso reconquistador medieval con aportaciones del exterior, ocupando un lugar preeminente el castellano. Gallego, castellano y catalán llegaron a ser lenguas independientes nacidas del tronco común. ¿Qué es el aragonés? ¿Lengua o dialecto? ¿Única fabla o varios complejos dialectales? Cheso, panticuto, chestaví...son hablas muy localizadas y diferentes entre sí por el "efecto valle" que las ha separado. El aragonés se habla en el Alto Aragón, hasta el Somontano, donde es sustituido por el castellano. Por el este, llega hasta el Ésera, donde comienza la zona de transición al catalán, dominante a partir del Isábena. El catalán es hablado por un número variable de aragoneses (según las distintas fuentes) de la franja oriental, desde Ribagorza hasta el Bajo Aragón, aunque muy influenciado por castellanismos y aragonesismos, lo que determina unas zonas de transición y formas dialectales, como el fragatino, por ejemplo, considerado un catalán de frontera. El castellano predomina aunque con un léxico plagado de aragonesismos que, por otra parte, son conocidos por la totalidad de los aragoneses. En síntesis, Aragón es una región trilingüe y así se dictaminó en 1997 por las Cortes de Aragón. Y este trilingüismo coincide en la franja oriental. De ahí que el Estatuto de Autonomía destaque la protección de las diversas modalidades lingüísticas de Aragón como elementos integrantes de su patrimonio cultural e histórico. Esto es lo esencial, la seña de identidad de Aragón.



                  La "lengua aragonesa propia del área oriental" es la expresión utilizada actualmente de forma oficial para referirse al catalán hablado en la comunidad aragonesa. El reconocimiento de esta denominación, basada en un circunloquio que evita nombrar a la lengua catalana por este nombre se aprobó en 2013 en la Ley de Lenguas originando una importante controversia política y social (de la que surgió un acrónimo irónico, "lapao"), inicialmente conocido por otros sectores como "aragonés oriental", igualmente confuso. Ante este panorama, partidarios y detractrores de la ley no han dejado de polemizar. Ya en la Ley de Lenguas de Aragón de 2009 se definían los idiomas aragonés y catalán como "lenguas propias originales e históricas" de esta comunidad autónoma, aunque no declaró explícitamente su oficialidad, tal como estaba previsto. En cuanto al "aragonés oriental", es un término acuñado por quienes consideran que lo que se habla en la Franja Oriental de Aragón no tiene nada que ver con el catalán ni sus derivados, sino que se trata de una lengua distinta exclusiva de esa zona aragonesa. La Ley de uso, protección y promoción de las lenguas y modalidades lingüísticas de Aragón, de 2013, estableció el marco de regulación de la pluralidad lingüística aragonesa y si causó tanta polvareda fue debido a las posturas encontradas entre el catalanismo y el anticatalanismo, entre otros factores. Esta Ley introdujo algunas modificaciones respecto a la de 2009, como la regulación de los topónimos y el uso de los ciudadanos de esas lenguas para dirigirse a las instituciones aragonesas, cambiaba la zonificación anterior e incidía en que estas lenguas están formadas por modalidades lingüísticas con identidad propia, sustituyendo "aragonés" y "catalán" por "lengua aragonesa propia de las áreas pirenaica y prepirenaica" y "lengua aragonesa propia del área oriental", permitiendo que la denominación oficial pueda ser diferente en uno u otro municipio utilizando denominaciones locales para cada una de las modalidades de la lengua. Rápidamente, se popularizaron a nivel social y periodístico los acrónimos "lapapyp" y "lapao", respectivamente...



                 El MEC y la DGA suscribieron hace unos años un Convenio para impartir la enseñanza del catalán en la franja oriental, con carácter optativo y voluntario en horario lectivo. En 2016, el Gobierno aragonés dictó una orden que reforzaba y ampliaba la enseñanza del catalán en el Bachillerato, permitiendo impartir las demás asignaturas en esa lengua en vez de en castellano. El catalán se convertía en "lengua vehicular" en centros de enseñanza públicos de Aragón para las comarcas próximas a Cataluña. En enero de ese año, jurídicamente, el catalán pasó a ser considerado legalmente como "lengua propia" de Aragón, así como el aragonés. El catalán se potenciaba también desde otra asignatura, la de "Historia y cultura de Aragón", cuyo contenido incluye como "patrimonio lingüístico: las lenguas propias de Aragón y sus modalidades". No sólo se trata de enseñar a los alumnos a hablar y escribir en esta lengua, sino que se incide en la "educación literaria", de poca tradición en Aragón, realmente, hasta el momento, con la intención de realizar "un recorrido por los principales movimientos literarios, sobre todo a través de la lectura de obras, fragmentos y autores representativos de la literatura catalana". Si tengo que destacar a un escritor aragonés, nacido en Mequinenza, cuya obra en catalán merece el reconocimiento y la lectura de los futuros lectores aragoneses en catalán, ese nombre es el de Jesús Moncada, Premio Nacional de la Crítica y Premio de las Letras Aragonesas, entre otros galardones recibidos, como el de "Hijo predilecto" de su localidad natal, donde descansan sus cenizas frente al río Ebro, en el solar familiar del antiguo pueblo junto al embalse de Ribarroja, entre Aragón y Cataluña, en el extremo oriental de la provincia de Zaragoza. Mequinenza es una población bilingüe, pues además del castellano, la lengua coloquial mayoritaria es el catalán, "mequinenzano", para sus hablantes, una localidad que siempre ha procurado dignificar su patrimonio lingüístico impulsando convenios oficiales para preservar una riqueza que es la de todos los aragoneses. La obra de Jesús Moncada, siempre ambientada en tierras fronterizas aragonesas y catalanas, dio a conocer a través de la literatura a su tierra de origen, como se ve en su obra más celebrada, Camí de sirga. Convirtió a su pueblo y la zona de su entorno en un personaje literario más -que recreó dotándolo de valores universales-, con el que rescató la vida de Mequinenza, importante centro minero que fue anegado por las aguas del pantano tras haber conocido una época de gran esplendor en el pasado. Cuando falleció, en 2005, recibió los mayores elogios de las instituciones y ámbitos sociales y culturales tanto aragoneses como catalanes, siendo calificado como "uno de los grandes prosistas europeos", traducido a múltiples y variados idiomas, como el vietnamita. Se destacó cómo el escritor a través de una "lengua minúscula" y radicando su obra en un "pueblo minúsculo" como Mequinenza, había construido "una obra universal". Sin presiones externas. Sin imposiciones ajenas. Sin intereses foráneos...



                                                                             Mariza ("Loucura". Fado)